Acciones contra el ruido
El ruido por encima de los niveles admitidos legalmente violan el derecho a la vida y a un ambiente sano y atenta contra la salud, la tranquilidad y la intimidad.
Cifras oficiales indican que en Bogotá los vehículos generan 60 por ciento del ruido, mientras que las construcciones y las industrias son responsables del 40 por ciento restante.
Esta situación obligó a la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá a impulsar una campaña contra el ruido, con el ánimo de recordar los derechos y deberes de las personas, que de hecho también tienen capítulos importantes en la Constitución Política, en las leyes, en los códigos de policía y en la Ley de Propiedad Horizontal.
Desde este espacio, EL TIEMPO aporta algunas sugerencias para tratar de contrarrestar la contaminación auditiva, tan frecuente y grave en las copropiedades donde los casos son recurrentes entre quienes comparten bienes e intereses comunes.
Los infractores de las normas se olvidan de sus deberes como ciudadanos y como miembros de una comunidad, y no tienen en cuenta los derechos de los enfermos, de los discapacitados, de las personas mayores y -en general- de las personas que deben trabajar, dormir y descansar.
Por eso es importante que los afectados se enteren de que las leyes no solo los protegen, sino que les ofrecen mecanismos legales para que se puedan defender ante la indiferencia.
Normas que regulan el tema
Aparte de la Constitución Política hay normas urbanísticas que definen los usos específicos que se permiten a cada inmueble y que deben ser aprobados mediante licencia de construcción.
A esta se suman los códigos Nacional y Distrital de Policía, la Ley 675 del 2001 y los reglamentos de propiedad horizontal que se organizaron con base en los derechos violados.
¿Cuáles son?
La contaminación auditiva viola o amenaza los derechos a la vida, a la salud y a un ambiente sano, y afecta la tranquilidad y la intimidad.
¿Y cuáles son los problemas más frecuentes de ruido en edificios, conjuntos y agrupaciones?
Ruido excesivo por fiestas, música a alto volumen, mascotas, alarmas de los carros, uso indebido de los pisos de madera, obras en las unidades privadas en horas no permitidas, mal uso del salón comunal, corrillos y juegos en las zonas comunes, uso de aparatos y herramientas eléctricas en horarios no permitidos (taladros, por ejemplo), y movimiento y trasteo de muebles.
¿Qué hacer ante el constante ruido?
Si las molestias por los ruidos son ocasionales el primer paso es informar a la administración y si es en la noche, al vigilante, para que soliciten que bajen el volumen, disminuyan los ruidos o, si es el caso, para que llamen a la policía.
Si es frecuente, es mejor informar a la administración, aunque también puede intervenir el Comité de Convivencia para que le llamen la atención al infractor.
Si reincide y no se logra conciliación se aplicarán las sanciones de acuerdo con el reglamento y la ley.
Vale recordar que se deben tener en cuenta el debido proceso y el derecho de defensa y que, además, los sancionados pueden impugnar la sanción ante el juez; esto, sin perjuicio de que los afectados puedan instaurar las acciones policivas o judiciales de rigor.
Si los ruidos son fuera del edificio o conjunto ante el alcalde. Si es por inmuebles con uso industrial interviene la Secretaría Distrital de Ambiente (en Bogotá).
Mi derecho termina cuando comienza el derecho del otro: es necesaria la tolerancia pero también el respeto por el derecho de los demás. Tomado de página web y de Resolución 627 de 2006 de Minambiente.
En esta aparecen los cuadros de niveles máximos permitidos. De acuerdo al sector. En sector residencial el nivel máximo permitido es de 65 decibeles de día y de 55 noche. "Se asemeja al ruido normal producido en una casa, por el uso de electrodomésticos, el paso de vehículos y conversaciones en tono normal, si ya es incómodo al oído, el nivel puede estar superando lo permitido."
¿Te gustó esta nota?: