Si estás pensando en la opción de irte a vivir en arriendo con la finalidad de independizarte u organizar una familia, ten en cuenta los siguientes desembolsos que en muchas ocasiones desconocemos y que harán que este paso que acabas de dar sea menos engorroso. 
 

1. En el proceso de búsqueda 
 

Antes de que tomes la decisión de arrendar un inmueble analiza muy bien aspectos para que no se vean afectadas tus finanzas cada mes: 
 

• Calcula los gastos de los servicios públicos según el estrato.
 

• Súmale el costo del arriendo y ten en cuenta si va incluido el valor de la administración. 
 

• Si la vivienda no cuenta con parqueadero, contempla este gasto.
 

• Si tu nuevo hogar queda lejos de tu trabajo, ten en cuenta el costo del transporte. 
 

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2. Costo de la mudanza
 

Si ya encontraste la vivienda, es hora de hacer la trasteo. Recuerda que el valor depende de factores como: lugar de recogida y llevada de las cosas, a veces tomamos decisiones como alquilar un vehículo pequeño o el famoso ‘acarreo’ y este debe hacer varios viajes para llevar todo, esto se ve reflejado en el cobro. 
 

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También, existen los servicios especiales de mudanzas que ofrecen:
 

• Servicio del vehículo con conductor.
 

• Auxiliares que te ayudarán a bajar los objetos.
 

• Elementos de protección como mantas de algodón.
 

• El proceso puede durar entre 4 y 5 horas.
 

• El valor depende de factores como: lugar de traslado, tamaño del camión, recorridos, entre otros. 
 

3. Lee muy bien las cláusulas del contrato 
 

Antes de cerrar el negocio, es importante como dicen coloquialmente que leas 'la letra chiquita’ y si tienes preguntas consultes con un abogado. Generalmente los contratos de arrendamiento se firman a un año y tienen multas si decides terminarlo antes de tiempo.  
 

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4. ¿Quién debe pagar los arreglos de la vivienda?
 

Por ley, el arrendador debe correr con los gastos del mantenimiento del inmueble para que esté en las mejores condiciones para que el arrendatario pueda gozar de él. Cuando hay una inmobiliaria de por medio, esta debe asumir los gastos. 
 

5. ¿En qué casos paga el inquilino por los arreglos locativos? 
 

Los arrendatarios deben asumir el pago de algunas reparaciones locativas en caso de que los daños hayan sido ocasionados por su culpa. Además, si la vivienda tiene rejillas en los patios, el inquilino debe asumir el costo del mantenimiento, así como el ocasionado por taponamientos de sifones y obstrucción de cañerías.  
 

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6. Depósito de servicios públicos 
 

Según la Ley 820 de 2003, en el artículo 15, al momento de la celebración del contrato, el arrendador podrá exigir al arrendatario la prestación de garantías o fianzas con el fin de garantizar a cada empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios el pago de las facturas correspondientes.
 

La garantía o depósito, en ningún caso, podrá exceder el valor de los servicios públicos correspondientes al cargo fijo, al cargo por aportes de conexión y al cargo por unidad de consumo, correspondiente a dos (2) períodos consecutivos de facturación, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.
 

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