Reforma de fachadas en propiedad horizontal

En este caso es indispensable, además, la licencia de construcción expedida por alguna curaduría.
El consultante dice que en su conjunto, algunos propietarios le pusieron ventana al balcón ¿Este cambio se debe legalizar con la autorización del 70 por ciento de la asamblea? ¿La alcaldía debe expedir una licencia y autorización?
Respuesta. Además de contar con la aprobación de la asamblea de propietarios para la reforma de las fachadas también se debe contar con la licencia de una de las curadurías urbanas o de la Oficina de Planeación respectiva, según el caso.
La Ley establece el requisito de quórum calificado cuando los cambios afecten la destinación de los bienes comunes o impliquen una sensible disminución en su uso y goce. En la evaluación para hacer la obra se determinará si genera servidumbre de vista hacia predios vecinos o si, de alguna manera, perturba el uso y goce de estos.