Fallas constructivas y problemas en las obras deben denunciarse

Fallas constructivas y problemas en las obras deben denunciarse

La dinámica del sector edificador en Bogotá obligó a la Secretaría Distrital del Hábitat (SDH) a estar alerta de comportamientos ilegales o irregulares de los enajenadores y arrendadores de inmuebles destinados a vivienda. 
 

Y es que cifras reveladas por la entidad confirmaron que en la ciudad existen 2’437.996 hogares, de los cuales, casi la mitad de ellos tienen casa propia, mientras que el resto vive en arriendo. Según la SDH, 1’172.826 son propietarios y los restantes 1’139.788 pagan alquiler, bien sea en casas, apartamentos o viviendas compartidas. 
 

Esto demuestra que se trata de un mercado en crecimiento y en la senda de la recuperación, tras varios años de rezago. Incluso, según Coordenada Urbana de Camacol al 2020 tendrá que atender a muchos de los 234.000 nuevos hogares que se formarán en ese lapso de tiempo. 
 

Este comportamiento, que incluye más ventas y alquileres, obliga a los compradores de vivienda nueva a estar al tanto de lo que les entregan. Por eso, si esta presenta alguna deficiencia constructiva, o no cumple con las especificaciones técnicas ofrecidas o contratadas, la SDH está dispuesta a recibir las denuncias.
 

La idea es proteger los derechos del comprador y garantizar la reparación de la propiedad. Para ello, la entidad identificó varias afectaciones, de acuerdo con el grado de complejidad.
 

Tipo de afectaciones
 

Por ejemplo, están las fallas leves que se presentan dentro del año siguiente a la fecha de entrega de la vivienda privada o de las áreas comunes, o dentro del año siguiente a las reparaciones que hubiera realizado el vendedor.
 

Les siguen las graves, que se reconocen porque surgen dentro de los tres años siguientes a la fecha en la cual se entregaron la casa o el apartamento, o las áreas comunes. Como en el primer caso, aquí también aplican aquellos daños detectados en el año siguiente a la fecha de los arreglos hechos por el vendedor.
 

Y existen las afectaciones que la Secretaría define como “gravísimas”. Según la entidad, estas se presentan dentro de los diez años siguientes al día y la hora en que se entregaron la vivienda o las áreas comunes. En este caso, también cuentan las anomalías encontradas dentro de los tres años siguientes al momento en que se realizaron las reparaciones hechas por el constructor o enajenador para atender los requerimientos por los daños. 
 

En caso de ocurrir alguna de las afectaciones, los interesados puede quejarse, de manera escrita, en la sede de la entidad carrera 13 No. 52-25 (Chapinero) o enviar un correo electrónico a defensordelciudadano@habitatbogota.gov.co.
 

}En materia de arrendamiento de vivienda, la Secretaría Distrital del Hábitat también ha detectado que en algunas ocasiones los arrendadores no expiden la copia del contrato de arrendamiento o solicitan depósitos para asegurar el cumplimiento del contrato o cubrir seguros inexistentes. 
 

Ante estos hechos, la entidad recomienda a los afectados que presenten la queja, ya que estos comportamientos son ilegales y están prohibidos por la ley.
 

Más situaciones para estar alerta
 

La Secretaría Distrital del Hábitat también sugiere denunciar cuando:
 

- El inmueble presente deficiencias constructivas o desmejoramientos de especificaciones técnicas.
 

- Usted sea arrendatario y el arrendador no le expida copia del contrato de arrendamiento.
 

- Le soliciten depósitos ilegales para garantizar el cumplimiento del valor del canon de arrendamiento.
 

- Al término de cada vigencia de la fecha del contrato, se incremente el valor del canon por encima del cien por ciento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
 

- Surjan conflictos en el contrato que administre la inmobiliaria, entre otros.

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