Arrendadores matriculados deben presentar informe de actividad

Arrendadores matriculados deben presentar informe de actividad

Febrero 2014 - La Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat informa a las personas con matricula de arrendador, que hasta el 20 de marzo tienen plazo para presentar las novedades sobre el desarrollo de su actividad durante el 2013.

Los matriculados son todas aquellas personas naturales o jurídicas que entre cuyas actividades principales están la de arrendar vivienda de su propiedad o de terceros; realizar labores de intermediación comercial entre arrendadores y arrendatarios, o celebrar más de cinco contratos de arrendamiento sobre uno o varios inmuebles en su calidad de propietarios o subarrendador.

Se espera que 1.788 arrendadores (personas o empresas) matriculados en la Entidad informen sobre las novedades (firma o terminación de contratos y/o cambios en el canon de arrendamiento, avalúo catastral o administrador) ocurridas durante el 2013, en los contratos de arrendamiento y administración de los inmuebles destinados a vivienda.

El no cumplimiento a esta norma puede acarrear sanciones y multas, que están entre 1 y 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (entre $610.000 y $61.600.000); dinero que será reinvertido en la ciudad.

“Hacemos un llamado a las personas o empresas que no cuentan con una matrícula de arrendador y desarrollan la actividad de arrendamiento o administración de inmuebles destinados a vivienda, acercarse a la entidad y formalizar su negocio”, afirmó José Andrés Rios Vega, subsecretario de Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda.

¿Cómo radicar el informe?

La plantilla del informe se podrá descargar aquí. Una vez diligenciado conforme a las instrucciones que allí aparecen, los arrendadores y administradores deberán grabar el informe en un CD y radicarlo en la entidad (carrera 13 # 52–25) entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m.

Para mayor información, los arrendadores y administradores se pueden comunicar al teléfono 3581600 Ext. 3032, consultar el portal web de la Secretaría de Hábitat acudir a la sede de la entidad.

Fuente: Secretaría distrital de Hábitat

Etiquetas relacionadas
ArriendoGuía de arriendoLey de arriendoMatricula de arrendador
Otros artículos relacionados
¿Cómo se calcula la ganancia ocasional por la venta de inmuebles?

¿Cómo se calcula la ganancia ocasional por la venta de inmuebles?

En la venta de un inmueble se genera una ganancia ocasional que debe ser registrada en la declaración de renta, pero hay excepciones. Aquí te contamos todo para que puedas declarar correctamente.
Conoce más
¿Qué es y para qué sirve una compra de cartera? Ventajas y desventajas

¿Qué es y para qué sirve una compra de cartera? Ventajas y desventajas

La compra de cartera es una opción que puede ayudarte a reducir los intereses de la deuda de tu inmueble. Consulta aquí qué es y los principales beneficios que esta ofrece.
Conoce más
Busca el contenido de tu interés
Utilizamos cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación.   Más información.Aceptar