¿Qué hacer si la administradora no cumple con pagos y obligaciones?
El Tiempo Vivienda
Se deben cumplir normas, a pesar de que quienes llevan las riendas de la copropiedad no son vigilados.
El propietario de una vivienda ubicada en un conjunto cerrado consulta sobre el incumplimiento del pago de honorarios profesionales por parte de una administradora.
Al respecto pregunta: “¿Qué entidad o autoridad, vigila y sanciona a quienes no cumplen con sus compromisos?”. Respuesta. En la actualidad ninguna entidad tiene la función de supervisar y vigilar a los administradores de los edificios y conjuntos; incluso, hay algunos vacíos en el control, tras la imposición de sanciones a quienes no lleven a cabo sus funciones derivadas de la Ley 675 del 2001 y de los reglamentos de propiedad horizontal.
Sin embargo, otras normas especiales que complementan ese régimen sí consideran obligaciones, medidas correctivas y sanciones no solo para los administradores y los consejos, sino para los propietarios, especialmente multas para quienes las incumplan.
Es el caso de las normas especiales que regulan las viviendas turísticas, las piscinas y similares. A estas se suman disposiciones relacionadas con la protección al medioambiente, las que protegen los derechos de las personas con limitaciones físicas y las de urbanismo y policivas, entre otras.
No obstante, la ley dispuso que el administrador responderá por los perjuicios que por dolo, culpa leve o grave, ocasione a la persona jurídica, a los propietarios o a terceros. Además, establece que se presumirá la culpa leve del administrador en los casos de incumplimiento o extralimitación de sus funciones, violación de la ley o del reglamento de propiedad horizontal.
Para atender esta necesidad de las copropiedades, en días pasados inició su trámite legislativo el Proyecto de Ley 120 del 2015-Cámara, que modificaría y adicionaría varios aspectos de la Ley 675 del 2001.
Entre estos se destaca la creación del Consejo Nacional de Administradores de Propiedad Horizontal, cuyas funciones serían llevar un registro nacional de administradores, entre otras novedades que se destacaron en estas páginas, en ediciones anteriores.
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