El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) informó que durante el 2019 la inflación tuvo un aumento del 3,8%, cifra con la que se manejan varios incrementos para este año.
 

Los cánones de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia se rigen por este incremento de la inflación, es decir que los aumentos de este año corresponden al 3,8 % respectivamente.  
 

El arrendatario puede pedir la terminación del contrato sin ningún tipo de sanción económica si el arrendador incrementa el canon por encima de lo establecido por la Ley.

 

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Este porcentaje subirá siempre y cuando se cumpla el tiempo de contrato, es decir, si iniciaste tu contrato el 1 de junio de 2019, a partir del 1 de junio de 2020 se aplicará el incremento.
 

Además, la notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo certificado o mediante el mecanismo establecido en el contrato.
 

Otro de los incrementos que se rigen con la variación de la inflación son las cuotas hipotecarias de crédito, que se manejan con la unidad de valor real UVR, la cual varía cada mes con el comportamiento de este índice.
 

Además, los trámites públicos como servicios notariales certificados, afectación a vivienda familiar y autenticaciones,entre otros, también aumentarán según este porcentaje.

 

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