Bogotá cuenta con 13 hornos crematorios, de los cuales siete son privados y seis públicos. Con el alto número de fallecidos a causa de la pandemia por covid-19, estos se han puesto a trabajar en su máxima capacidad.

 

Sin lugar a dudas la cremación se ha convertido en la alternativa más viable para las familias. Sin embargo, surgen varias dudas en torno a los costos de este procedimiento y el tiempo que pueden estar en los cenizarios. Por eso aquí en Metrocuadrado hablamos con Beatriz Elena Álvarez, gerente general del Grupo Gaviria, quien nos ayudó a aclarar estas dudas.

 

¿Cuánto puede costar un cenizario?

 

Existen muchas alternativas con variedad de precios.  

 

Cenizarios en parroquias desde $ 1.200.000 hasta $ 5.000.000.

 

Cenizarios en tierra en reservas naturales entre $ 1.000.000 y $3.500.000, dependen de los servicios complementarios que contrate la familia.

 

Cenizarios en parques cementerios desde $ 1.700.000 a $ 4.000.000.

 

¿Cuánto tiempo podrán estar las cenizas de la persona en este lugar?

 

Existen cenizarios que son a 100 años (lo que se considera perpetuidad) y otros a 20 años. Esto depende de las políticas de cada parroquia y de los parques cementerios. Los ubicados en reservas naturales y algunas alternativas naturales en cementerios son a perpetuidad porque con el tiempo se biodegradan y hacen parte del entorno natural.

 

Foto: iStock

 

¿Qué se le aconseja a las personas para tomar la decisión de cremación de su ser querido que falleció?

 

Lo que se recomienda es que la familia prevea el destino de las cenizas de sus seres queridos y, dependiendo de las circunstancias familiares, decidan desde el inicio por la solución que más se adapten a sus necesidades en términos de creencias, tiempo y cercanía.

 

¿Qué se hace con las cenizas de alguna persona que ya no tiene familiares que lo reconozcan?

 

Las funerarias custodian por un tiempo muy corto las cenizas. Si después de hacer varios intentos de contacto con la familia no se logra encontrarlos, se disponen en una urna común en un cementerio con el cual la funeraria tenga convenio.

 

¿Se debe pagar algún impuesto por este espacio?

 

 

Conforme al literal c) del artículo 19 del Decreto 352 del 2002 y numeral tercero de la circular 001 del año 2000 de la Alcaldía mayor de Bogotá, no se deben asumir impuestos por estos espacios, pero en algunas parroquias y cementerios se pagan costos de mantenimiento. En algunas partes estos costos son cobrados por anticipado, en otros son cobrados de manera anual.

 

¿Por los lotes en tierra se debe pagar algún impuesto? ¿Cuánto tiempo pueden estar en ese lote?

 

Se puede hacer uso de los lotes de los parques cementerios en dos modalidades:

 

1. En arriendo a 4 años, al cabo de los cuales los restos se exhuman, se creman y se disponen en un cenizario.

 

2. En compra a perpetuidad.

 

En ninguno de los dos casos la familia paga impuestos. En el segundo caso la familia debe asumir costos de adecuación del lote y de escrituración, los costos dependerán de las políticas de precios establecidos por cada parque cementerio. 

 

Cabe recordar que el Ministerio de Salud indicó que, como medida de prevención, los cuerpos de fallecidos por covid-19 deben ser cremados.

 

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